Summary: | Actualmente nuestro sistema jurídico colombiano contempla algunos mecanismos en materia derecho ambiental que propende por la protección del medio ambiente; dicha protección resulta insuficiente a la luz de las necesidades vigentes que reclama la naturaleza en todo el territorio nacional.
Con frecuencia, la valoración económica ambiental que se hace dentro de un proyecto económico de alto impacto (sea el que sea) es subjetiva pues la normatividad y reglamentos aplicables para este tipo de procesos, es general. Por lo mismo, resulta insuficiente su aplicación y además improbable la consecución de sus finalidades.
La valoración de servicios ecosistémicos se ha convertido en un elemento confeccionado por el autor del proyecto económico (es decir, el particular o empresario), por lo mismo, en la balanza de juicio resulta siempre favorecido el beneficio económico sobre el beneficio ambiental. Tal es la suerte de las guías y metodologías que para el efecto ha instaurado el gobierno nacional, pues al ser generales, favorecen un amplio margen de discrecionalidad en la confección del diagnóstico ambiental que consecuencialmente produce una valoración indebida y además, irreal.
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