Derecho a la intimidad y habeas data

“Todas las personas tienen derecho a su intimidad personal y familiar y a subuen nombre, y el Estado debe respetarlos y hacerlos respetar. De igual modo,tienen derecho a conocer, actualizar y rectificar las informaciones que se hayanrecogido sobre ellas en bancos de datos y en archivos de entidades...

Descripción completa

Detalles Bibliográficos
Autor principal: Cervantes Díaz, Fernando
Formato: Online
Lenguaje:spa
Publicado: Universidad Pedagógica y Tecnológica de Colombia 2016
Acceso en línea:https://revistas.uptc.edu.co/index.php/derecho_realidad/article/view/5010
Descripción
Sumario:“Todas las personas tienen derecho a su intimidad personal y familiar y a subuen nombre, y el Estado debe respetarlos y hacerlos respetar. De igual modo,tienen derecho a conocer, actualizar y rectificar las informaciones que se hayanrecogido sobre ellas en bancos de datos y en archivos de entidades públicas yprivadas. En la recolección, tratamiento y circulación de datos se respetarán lalibertad y demás garantías consagradas en la Constitución”. Los límites entreel derecho a la intimidad, el derecho a la información y el habeas data son muydifusos. Este escrito busca abrir una pequeña ventana para dar respuesta a losproblemas que se suscitan cuando uno de ellos se sobrepone al otro.