Gestión compartida entre el territorio indígena del pueblo Leco y el parque nacional y AnmiMadidi
Spa: La nueva Constitución en el artículo 385 ratifica la importancia de garantizar y reconocer los derechos de los pueblos indígenas que tradicionalmente han habitado las áreas protegidas y que tienen derechos territoriales reconocidos, mediante la gestión compartida.Convenios internacionales, de l...
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2021
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description | Spa: La nueva Constitución en el artículo 385 ratifica la importancia de garantizar y reconocer los derechos de los pueblos indígenas que tradicionalmente han habitado las áreas protegidas y que tienen derechos territoriales reconocidos, mediante la gestión compartida.Convenios internacionales, de los cuales el país es suscriptor, respaldan la compatibilidad entre territorios indígenas y la conservación de áreas protegidas. Por ejemplo, el Convenio 169 de la OIT, ratificado en Bolivia por la Ley 1257 de 11 de julio de 1991, la Convención sobre Diversidad Biológica ratificada por el país mediante Ley Nº 1580 de 15 de junio de 1994 o la Declaración de Naciones Unidas sobre Derechos de los Pueblos Indígenas, ratificada en Bolivia por Ley Nº 3760 de 7 de noviembre de 2007.Por otra parte, normas legales nacionales vigentes, como la Ley del Medio Ambiente Nº 1333 de 27 de abril de 1992, tienen mandatos relevantes, como el Artículo 62° que determina que “En la administración de las áreas protegidas podrán participar entidades públicas y privadas sin fines de lucro, sociales, comunidades tradicionales establecidas y pueblos indígenas”; o en el artículo 64° que dice “La declaratoria de Áreas Protegidas es compatible con la existencia de comunidades tradicionales y pueblos indígenas, considerando los objetivos de la conservación y sus planes de manejo”. |
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